PROSIGUEN CONTROLES PARA LUCHAR CONTRA LA QUEMAS ILEGALES EN ZONAS PROTEGIDAS DE ASUNCIÓN
La Municipalidad de Asunción, a través de su Dirección General de Gestión Ambiental y el Departamento de Prevención contra Incendios (PCI), prosigue con acciones de control y monitoreo ambiental en la Costanera y la Bahía de Asunción.
En el marco de la articulación interinstitucional que se tiene para la lucha contra las quemas ilegales, la Policía Nacional, desde su Departamento de Turismo, reportó, en la tarde de este lunes 27 de abril, un principio de incendio de pastizales en la zona de la Costanera Sur (Cauce Perú), situación que fue provocada por personas desconocidas.
El fuego fue rápidamente controlado por la 2da. Compañía «Santísima Trinidad» del Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Paraguay.
El sector de la Costanera Sur afectado por la quema forma parte de la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Ecológica del Banco San Miguel y Bahía de Asunción (Ley N° 2715/05).
Cabe recalcar que la Municipalidad de Asunción conformó una Mesa de Contingencia para luchar contra las quemas ilegales. En base al monitoreo y controles realizados, se presentó denuncia contra personas innominadas el 23 de marzo pasado, ante la Unidad Especializada de Delitos Ambientales del Ministerio Público, con relación a la Quema de Pastizales en el Área Protegida Banco San Miguel y Bahía de Asunción.
SANCIONES POR QUEMA EN ZONA COSTANERA Y BAÑADOS DE ASUNCIÓN:
- Se recuerda que las quemas están prohibidas, ya que además de ser pasibles de multas municipales, los autores se exponen a sanciones de tipo administrativas y penales (Ley Nº 4.770 que modifica el Art. 202 del Código Penal sobre Perjuicio a Reservas Naturales) que van desde 2 a 10 años de cárcel y multa.
- La Ordenanza 119/07 “Que regula la calidad del Aire” en la ciudad de Asunción menciona, en el Artículo 10º, que “está estrictamente prohibida la combustión o quema en las calles o domicilios, de cualquier material que produzca emisiones al ambiente y que pueda afectar a los vecinos. Comprende la quema de combustibles o de desechos de cualquier tipo (basura, residuos, papeles, residuos vegetales, de fibras naturales, plásticos en general, etcétera).
- En la Ordenanza 408/14, de “Gestión Integral de los Residuos Sólidos y la Promoción de la Cultura de Basuras Cero”, en el Artículo 53º se menciona que “queda prohibida la incineración de residuos domiciliarios y compatibles, en cualquiera de sus formas, con o sin recuperación de energía, así como la contratación de empresas incineradoras de residuos localizadas en otras jurisdicciones”.
- Las multas del municipio Asunceno se categorizan en faltas leves, graves y gravísimas. Los montos de las faltas graves y gravísimas van de 10 a 2.700 jornales (Gs. 843.400 a Gs. 227.718.000).