Obra ubicada en la calle 4 de Julio esquina Concejal Vargas fue suspendida por no contar con planos aprobados

El Intendente Municipal de Asunción, Oscar Rodríguez, resolvió, como medida de urgencia, ordenar al propietario del inmueble con Cta. Cte. Catastral Nº 14-0502-04, ubicado en la calle 4 de julio esquina Concejal Vargas, a la inmediata suspensión de la obra que allí se encara, por no contar con el permiso municipal correspondiente, conforme lo establecen los artículos 4º y 56º de la Ordenanza 26.104/91.

En cumplimiento de esta resolución de la Intendencia, en la mañana de este jueves 4 de mayo, una cuadrilla del Departamento de Fiscalización de Obras, dependiente de la Dirección General de Desarrollo Urbano, encabezada por el jefe de la mencionada dependencia municipal, Ricardo Servián, llegó hasta el sitio de la obra para proceder a la suspensión de los trabajos.

Ricardo Servián manifestó que hicieron entrega de la correspondiente resolución de la Intendencia, por la cual se obliga al paro de la obra que se está ejecutando.

“Esto es debido a que la misma no está cumpliendo con los requerimientos administrativos correspondientes, en cuanto a la aprobación para la ejecución”, explicó.

Indicó que el inmueble fue sometido a un proceso de demolición de las construcciones existentes para la ejecución de obras de una nueva construcción.

Especificó que la infracción constatada señala que la construcción no poseía los planos, conforme a lo que es el proyecto en sí.

“La medida de urgencia dispone al propietario del inmueble a la inmediata suspensión de las obras, por no contar con el permiso municipal correspondiente”, insistió.

Puntualizó que esto constituye una infracción a la Ordenanza 26.104/91, en su Artículo 4°, en donde se establece que cada propietario está obligado a contar con las aprobaciones de los planos correspondientes para la ejecución de una obra.

Aprovechó para destacar que las verificaciones de todos los inmuebles situados en el ejido urbano de Asunción son constantemente realizadas por un plantel de fiscalizadores que posee la Unidad de Intervención de Obras.

“Ellos están abocados y obligados a proceder a labrar el acta de intervención, conforme establece la Ley 3.966, en su Artículo 97°, que de constatarse falta el fiscalizador debe labrar el Acta de Intervención para que, posteriormente, se puedan arbitrar los mecanismos necesarios y se pueda establecer cuál de los sumarios corresponde a la acción o ameritaría un paro de obras, debido a las circunstancias o riesgos que puedan existir, eventualmente”, relató.

Aclaró además que existen obras que cuentan con planos aprobados pero que, sin embargo, estos planos no se respetan o se producen variantes.

“Y esas variantes introducidas en una obra, indefectiblemente deben ser sometidas de vuelta a un estudio, a los efectos de que se pueda garantizar que no esté cometiendo algún tipo de infracción.  Por ejemplo, modificaciones de vías de evacuación, de áreas de retiro o, como también, áreas libres que están obligados y sujetos los inmuebles a contar con estos.  Entonces, además de las verificaciones de las construcciones, se supervisa también el proceso”, aclaró.

Datos sobre los trabajos del Departamento de Fiscalización de Obras

Informó que el Departamento a su cargo, de enero a marzo de este año, procesó 667 documentos de intervenciones practicadas.

“En esta cantidad ya se incluyen expedientes de denuncias, reclamos de la ciudadanía con respecto a una obra de cualquier naturaleza, ya existente, pero que posee algún tipo de dificultad con el vecino.  Los casos más comunes son las filtraciones o el no poseer muro lindero, denuncias en general que afectan a construcciones existentes con las construcciones vecinas”, detalló.

En ese sentido, manifestó que, en general, se tiene un promedio aproximado de 220 expedientes o documentos que son procesados de manera mensual.

Informó que una vez constatadas las infracciones, se somete a un estudio, para determinar la gradualidad de las irregularidades cometidas.

“En el caso de existir algún tipo de riesgo para la vida de las personas, se solicita el paro de obras correspondiente, a los efectos de poder tomar las precauciones necesarias y evitar que se genere algún mal mayor. Lógicamente, al concluir todos esos pasos administrativos, posteriormente, son remitidos al Juzgado de Faltas, en donde se establecen las sanciones correspondientes a cada caso”, aseveró.

Concluyó resaltando que los procesos de aprobación de planos en la actualidad, mediante la implementación del Sistema SATĪ, se realizan de forma ágil en la Municipalidad de Asunción.

“Hay resultados que se han tenido prácticamente en la semana, dependiendo también de la envergadura del proyecto.  Realmente se han agilizado bastante los trámites para que el ciudadano pueda hacer el pago correspondiente a los impuestos a la construcción y ya pueda tener su aprobación en mano”, finalizó.

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