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Realizan intervención ambiental en Arroyo Mburicao e instan a cuidar los cursos de agua de la ciudad

A raíz de denuncias realizadas por vecinos del Arroyo Mburicao, la Municipalidad de Asunción realizó intervenciones en la zona de la calle Carmen Soler, inmediaciones del Arroyo Mburicao, el curso de agua forma parte de los priorizados por el municipio y se prevé en el corto plazo realizar fuertes acciones conjuntas tendientes a restaurar el entorno, junto con el Ministerio del Ambiente, otras instituciones públicas sumado al sector privado.

La Ing. Amb. Patricia Meza, de la DGGRD de la Dirección General de Gestión y Reducción de Riesgos de Desastres, DGRRD, informó que el jueves 25 y éste viernes 26 de enero se realizaron la limpieza de uno de los brazos del arroyo Mburicao. Esto “siguiendo líneas técnicas ajustadas a la legislación ambiental. La limpieza también sirvió para evitar la proliferación de mosquitos que transmiten los arbovirus (dengue, zika, chikungunya, como explicó Meza.

Programa para Restaurar y Re naturalizar los Cursos de Agua de la ciudad

Cynthia Guerreño, la Directora General de Gestión Ambiental explicó que estuvo coordinando las acciones junto con las demás dependencias municipales, de manera a dar cumplimiento efectivo a la legislación ambiental y brindar satisfacción a las denuncias vecinales realizadas. En ese sentido manifestó que se realiza monitoreo permanente de la zona y que actualmente la prioridad para intervenciones se halla centrada en la zona del Bañado Sur (Jukyty) para ir luego avanzando hacia el Mburicao.

La Directora de Gestión Ambiental aseguró que la Municipalidad de Asunción brindó la asistencia a la persona denunciante y explicó que la zona tiene una característica peculiar que impide el ingreso de maquinarias pesadas en el cauce, por lo que para la limpieza de residuos se debe proceder de manera manual.

La Municipalidad cuenta con un Programa de Renaturalizar los Recursos Hídricos. Se trabaja conjuntamente con el Ministerio del Ambiente en criterios más profundos, porque ellos son la autoridad de aplicación de la Ley de Recursos Hídricos.

 “Como gestión ambiental estuvimos haciendo relevamientos días anteriores y hoy también, enmarcado dentro de un Plan de Recursos Hídricos que abarcan etapas que van desde los de la Zona de Bañado Sur- Jukyuty y luego la zona del Mburicao”, manifestó la Directora Guerreño.

Resaltó que el problema del Dengue es una cuestión de conciencia ambiental que precisa ser fortalecida: “Ahí hay una cuestión de educación ambiental, porque se tiran los residuos en el arroyo y estos mismos generen los criaderos de mosquitos. Es un trabajo conjunto con la comisión vecinal, podemos hacer miles de mingas ambientales pero no hay fuerza humana que pueda corregir esto si la gente misma cesa con el vertido de residuos al arroyo o aguas servidas a su cauce”, dijo Guerreño.

Se informó además que un súper merado de la zona fue intervenido y todo lo actuado por la DGGA fue remitido al Juzgado de Faltas Municipales para la imposición de la multa correspondiente.

Legislación Ambiental

La disposición inadecuada de residuos, es decir formar vertederos clandestinos en cursos de agua, se encuentra en contravención a la Ley de Recursos Hídricos Nº 3239/2007 y a la Ordenanza Nº 408/14 de “Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos y Promoción de la Cultura de Basura Cero”, en sus Artículos 11º y 48º.

Las multas por transgredir la mencionada Ordenanza municipal van desde 60 a 365 jornales mínimos vigentes, además de las sanciones municipales a los responsables

La Ley 716/1995 que “Sanciona Delitos contra el Medio Ambiente”, establece que la práctica de arrojar escombros o residuos en cursos de agua es DELITO AMBIENTAL, esto significa que las sanciones no son solamente administrativas, equivalentes a multas, sino además, podrían implicar penas privativas de libertad.

Vertederos clandestinos, arrojo de basura en arroyos, lagunas y cursos de agua serán sancionados con multas de entre 100 a 1.000 jornales mínimos legales, es decir de 8 a 84 millones de guaraníes aproximadamente.

Para el caso de las personas o empresas infractoras que realicen la disposición de residuos en cursos de agua con sus cañerías, carritos, motocarros y otros medios de transportes, existe el agravante de que la actividad se realiza con fines comerciales y la misma afecta a cursos de agua.

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