MUNICIPALIDAD DE ASUNCION INTERVIENE ANTE DENUNCIAS VECINALES POR QUEMA DE RESIDUOS

La Municipalidad de Asunción, a través de la Dirección General de Gestión Ambiental (DGGA), el pasado jueves 12 de marzo, vía Redes Sociales, recibió una denuncia de vecinos que alertaron sobre una quema de residuos en un inmueble ubicado en Cerro Corá casi 33 Orientales. Fiscalizadores de la DGGA acudieron al lugar para realizar la intervención ambiental en horas de la tarde de ese mismo día.

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En Asunción se encuentra en vigencia la Ordenanza Nº 119/07 que regula la calidad del Aire. En su Artículo 10º la misma reza que «Se encuentra estrictamente prohibida la combustión o quema, en las calles o domicilios, de cualquier material que produzca emisiones al ambiente y que puedan afectar a los vecinos”.

Más datos sobre las Acciones que se llevan adelante para combatir las quemas en la Ciudad Capital
Diariamente la Municipalidad de Asunción, desde la DGGA, recibe y gestiona denuncias sobre quema de residuos. Las más graves afectaron principalmente a la zona de la Bahía de Asunción y Banco San Miguel, un área de reserva protegida por Ley en plena ciudad capital.

Para hacer frente a estas situaciones se conformó una Mesa de Trabajo conjunto entre la DGGA y el Departamento de Prevención contra Incendios (PCI) de la Municipalidad de Asunción, desde la cual se vienen realizando intervenciones y monitoreos sobre la problemática de las quemas en la ciudad capital.
Se insta a la población a denunciar cualquier tipo de quema, tanto de particulares como de emprendimientos económicos. Es muy importante que se registre la situación, la ubicación de la irregularidad y de ser posible se envíen imágenes que ayuden a individualizar a los autores de dichas quemas.

Legislación sobre la Quema de Residuos:

• La Ordenanza Nº 119/07 “Que regula la calidad del Aire” en la ciudad de Asunción, menciona en el Artículo 10º que “Está estrictamente prohibida la combustión o quema en las calles o domicilios, de cualquier material que produzca emisiones al ambiente y que pueda afectar a los vecinos. Comprende la quema de combustibles o de desechos de cualquier tipo (basura, residuos, papeles, residuos vegetales, de fibras naturales, plásticos en general, etc.).

• En la Ordenanza 408/14, Artículo 53º se menciona que “Queda prohibida la incineración de residuos domiciliarios y compatibles, en cualquiera de sus formas, con o sin recuperación de energía, así como la contratación de empresas incineradoras de residuos localizadas en otras jurisdicciones”.

• Las multas se categorizan en faltas leves, graves y gravísimas. Los montos de las mismas van de 1 a 2.700 jornales (84.340 guaraníes a 227.718.000 guaraníes).

• Según la OMS (Organización Mundial de la Salud), cuanto más bajos sean los niveles de contaminación del aire mejor será la salud cardiovascular y respiratoria de la población, tanto a corto como a largo plazo. Es decir, estaremos previniendo enfermedades.

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