MUNICIPALIDAD DE ASUNCIÓN INSTA A DENUNCIAR RUIDOS MOLESTOS.

La Dirección General de Gestión Ambiental de la Municipalidad de Asunción (DGGA/ASU) recuerda hoy a la ciudadanía que es el Día Internacional de la Concienciación sobre la Contaminación Acústica. El exceso de ruido que altera las características de determinados ambientes, es contaminación acústica.

En 1996, el Centro para la Audición y Comunicación (CHC) fundó el Día Internacional de la Concienciación sobre el Ruido, para alertar y crear conciencia en la población sobre los riesgos que tiene el ruido para el trastorno auditivo, en particular, y la salud, en general.

Las personas sometidas a una constante contaminación por ruidos molestos presentan estrés, trastorno del sueño, alteración de la conducta y bajo rendimiento, hipertensión, enfermedades del corazón, entre otras consecuencias para la salud.

En Asunción contamos con la Ordenanza Nº 183/04 “Que regula los ruidos molestos” y según la escala de sanciones se puede llegar de 1 jornal (leves) a 2.700 jornales (gravísimas).

FOTOS Y VIDEOS SERÁN ADMITIDOS PARA LAS DENUNCIAS POR POLUCIÓN SONORA.

Se insta a la población a denunciar las situaciones de contaminación acústica. La ciudadanía puede realizar sus denuncias vía redes sociales de la Municipalidad de Asunción y la DGGA/ASU (Facebook y Twitter) en cualquier horario.

Es importante destacar que se halla vigente la Ord. 216/19 “Que regula la utilización de Medios Tecnológicos como instrumentos de carácter probatorio en el Régimen Penal de Faltas Municipales”. En el Art. 3 de las definiciones, menciona claramente como medios de prueba válidos la presentación de tomas fotográficas, vídeos, servicios de mensajería instantánea (como el WhatsApp). Esto incluye además las denuncias presentadas en mensajes ciudadanos en las redes sociales (Facebook y Twitter).

Es importante recalcar que las denuncias deben contener (Ord. 216/19, Art. 4 – Modos de Denunciar):

  1. Al menos la identidad real del denunciante (Persona Física o Jurídica).
  2. Domicilio, número de contacto, correo electrónico del Denunciante.
  3. La descripción clara y precisa del hecho junto con las pruebas (fotos o vídeos), el lugar la fecha y la hora del hecho (muy importante la ubicación por gps), nombre y apellido del denunciado (en caso de poder determinarse), Número de matrícula en caso de que la polución sonora se realice desde un vehículo.
  4. A la denuncia debe adjuntarse también la foto de la Cédula de identidad del denunciante.

La denuncia realizada tendrá el carácter de Declaración Jurada. La Dirección General de Gestión Ambiental procederá a conformar un legajo acusatorio y lo remitirá a la instancia municipal que corresponde.

Los infractores son pasibles de otras sanciones administrativas «que podrán conllevar la inhabilitación del local de reunión, el retiro del automotor de la vía pública y, en el caso de equipos sonoros, la suspensión de los responsables de los mismos por el tiempo que establezca la reglamentación municipal» (Ley 1100/97).

Además, atendiendo el período de cuarentena social, puede llamar al 911 de la Policía Nacional para que realice procedimientos tendientes tanto a parar las acciones de polución sonora, como para individualizar a los responsables.

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