AGOSTO OFF rige hasta el 31 del presente mes, para que contribuyentes se pongan al día con sus tributos, sin multas ni recargos
Por el mes Aniversario de la Fundación de Asunción, se estableció un período de exoneración de multas, recargos y demás agregados para ponerse al día con los tributos atrasados, denominado Agosto Off, que se extiende hasta el 31 del presente mes.
En tal sentido, se insta a los contribuyentes morosos a aprovechar este período de gracia, a través del cual pueden abonar sus deudas tributarias, sin multas ni recargos financieros, intereses moratorios, intereses punitorios y demás agregados, de los impuestos, tasas, cánones y contribuciones especiales.
Cabe destacar que se tuvo en cuenta la necesidad de otorgar facilidades a los contribuyentes, que demuestren interés en regularizar sus deudas tributarias y, con este período de gracia, se pretende motivarlos para que se pongan al día en el pago de sus tributos municipales atrasados para, de esta forma, disminuir el índice de morosidad, favoreciendo también el aumento de la recaudación.
A su vez, el incremento en los ingresos municipales, redundará en más obras y en el mejoramiento de los servicios ofrecidos a la ciudadanía.
Es importante aclarar que la exoneración del 100% del pago de multas, recargos financieros, intereses moratorios, intereses punitorios y demás agregados, rige para los impuestos, tasas, cánones y contribuciones especiales atrasados, por pago al contado, cuotas vencidas y a vencer, correspondientes a todos los planes de fraccionamientos, incluyendo el año vigente.
Rige asimismo la exoneración del 100% del pago de recargos para aquellos contribuyentes que deseen realizar un plan de pago, con una entrega del 10% y el saldo en 7 cuotas, sin intereses de financiación.
Se determinó también que, aquellos contribuyentes que ya posean planes fraccionados, podrán acogerse a este beneficio de exoneración de multas, una vez realizada la cancelación total de su fraccionamiento anterior.
Se hallan incluidas, además, en la presente resolución de exoneración de multas, las multas contravencionales por no presentación y presentación tardía de balances.
Se dispuso, igualmente, la exoneración de las multas contravencionales por presentación tardía de pedido de permiso para espectáculos públicos y multa por falta de permiso para la realización de espectáculos públicos.
Algo importante a ser aclarado es que no están incluidas en esta exoneración, la comisión por gestión de cobro judicial o extrajudicial, las multas de tránsito, multas contravencionales de impuesto a la construcción y otras infracciones a normas de carácter regulatorio.
Se insta a los contribuyentes a aprovechar este beneficio de descuento, acercándose a cualquiera de las bocas de cobranza, distribuidas en diferentes zonas de la ciudad capital.
En el Palacete Municipal, ubicado en Mariscal López entre Capitán Bueno y Capitán Villamayor, están habilitadas cajas de cobranza en la Dirección de Recaudaciones, situada en el Subsuelo del Bloque A y en la Dirección de Tránsito, que se encuentra en la Planta Baja del Bloque C., que atienden de lunes a viernes de 07:00 a 16:00 horas y los sábados de 07:30 a 11:30 horas.