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Adquisición de alcoholímetros es regular

La Municipalidad aclara que la adquisición de alcoholímetros es  completamente regular

La compra de los alcoholímetros, al igual que cualquier otra compra municipal, NO se puede hacer por Amazon o por internet, porque sería ilegal y además, comprando por ese medio no se pueden pedir los mismos requisitos, garantías y adicionales que son necesarios para una compra pública. La Municipalidad, como cualquier otra institución pública DEBE comprar conforme a los procedimientos indicados en la Ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas y sus reglamentaciones.

Para esta adquisición la Municipalidad exigió que el precio de los equipos CONTEMPLE:
  • 7 unidades de Equipos Alcoholímetros detallándose las especificaciones técnicas.
  • Impresoras con conexión de bluetooth al analizador y baterías recargables.
  • Rollo extra de papel y 25 bombillas.
  • Garantía, servicio de mantenimiento y calibración de como mínimo 1 año.
  • Capacitación para los operarios por parte del representante.
  • Se requirió que el Oferente sea representante de la marca ofertada y garantice el reemplazo de componentes y accesorios en caso de desperfectos durante al menos un año desde la firma del contrato.
  • Garantía de Cumplimiento de contrato mediante póliza de caución.
  • Equipo de portación y de alta resistencia a golpes.
Alcoholímetro con todos sus accesorios

La oferta ganadora fue la única que reunió todos los requisitos de capacidad técnica exigidos en las bases de la contratación, que incluyen todos estos adicionales y extras, por ello el precio evidentemente NO podrá ser igual a comprar el aparato SIN todos estos detalles que para cualquier institución pública SON necesarios. Cabe destacar que ningún otro oferente realizó protesta alguna.

El precio referencial unitario y el precio final adjudicado se encuentran DENTRO del promedio de los precios adjudicados por otras Instituciones Públicas en los últimos años, por lo que SE CUMPLIÓ con las disposiciones de la Resolución DNCP Nº 411/18, al no superar el 20% del precio estimativo.

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