Poda de Árboles solo se autorizarán en casos de emergencia

La Dirección General de Gestión Ambiental (DGGA) de la Municipalidad de Asunción recuerda que la temporada para realizar podas de árboles en la ciudad capital, culminó este mes de agosto, atendiendo los ciclos de reposo que deben tener estas especies vegetales.

Solo se permitirán podas de seguridad y advierte que multará a quienes realicen podas fuera de temporada.

Las podas son cortes totales o parciales de ramas vivas o muertas de un árbol.  En ese sentido se aclara que la poda se diferencia del destronque y la tala, ya que estos últimos tienen como finalidad destruir o provocar la muerte del árbol.  En cambio, la poda sirve para la revitalización y mantenimiento del mismo.

La jefa de la Unidad de Biodiversidad del Departamento de Recursos Naturales y Adecuación Ambiental, de la DGGA, ingeniera María Esther Alvarenga, indicó que las podas de árboles se realizan durante los meses de mayo, junio, julio y agosto, hasta el 30% de la copa.

Aclaró que cuando se trata de árboles ubicados en predios privados, son los propietarios quienes deben correr con los costos de poda, curación y/o mantenimiento del árbol.

Los árboles se podan cada vez que sea necesario, según la especialista.  En ese sentido, destaca que, generalmente, los lapachos florecen cada año pero que, si se podan, el proceso de recuperación para volver a florecer tardará 4 años, aproximadamente, atendiendo que los árboles ubicados en las ciudades sufren por muchos factores agresivos como las altas temperaturas, el suelo impermeabilizado, la falta de espacio para una buena oxigenación y mala nutrición de las raíces.

Aclaró que la masa arbórea de las ciudades como Asunción no requieren podas de carácter severo, es decir eliminar gran parte de la copa, salvo casos excepcionales, cuando el árbol se encuentre muy afectado por alguna enfermedad u otra condición fitosanitaria.

“Un ejemplo de estas situaciones son las afectaciones graves por hongos y termitas.  Las podas agresivas no son recomendadas para ninguna especie, excepto Ficus (Ficus benjamina) y Gomero (Ficus elástica), atendiendo la capacidad de recuperación rápida que tienen estas especies exóticas.  Se permitirá la eliminación de Leucaenas (Leucaena leucocephala), atendiendo su tipificación como especie invasora”, explicó.

Destacó que la poda correcta de árboles del territorio urbano permite que los mismos crezcan sanos y fuertes, colaborando con sus múltiples servicios ambientales, como mitigar los efectos del cambio climático y permitir el desarrollo de la biodiversidad urbana.

Multas para podadores compulsivos

Advirtió que como culminó el período de podas, habrá fuertes multas para podadores compulsivos.

“Hasta agosto es la época recomendada para las podas.  Mayo, junio, julio y agosto son los meses de poda, coincidente con el período de reposo de los árboles, donde pierden las hojas y se notan mejor las partes que hay que podar.  De esta forma se nota el menor el impacto en la estructura del árbol por el clima”, detalló.

Agregó que durante el otoño e invierno se reduce el impacto de las podas sobre los árboles, atendiendo la escasa circulación de savia en los mismos.

“En las estaciones de la primavera y verano se producen altas temperaturas y mayor circulación de savia, lo cual permite la floración y la densidad del follaje, por lo que existe un alto riesgo de muerte del individuo forestal si se lo poda”, enfatizó.

Se requiere autorización para Podas de Árboles

Puntualizó que las autorizaciones para podas de árboles, por motivos de seguridad, cuando alguna parte del árbol sea un potencial riesgo para la vida o bienes de las personas, deben ser otorgadas en base a criterios normativos y técnicos vigentes, por la Unidad de Biodiversidad del Departamento de Recursos Naturales y Adecuación Ambiental, de la DGGA de la Comuna Capitalina.

Recordó que los árboles de la ciudad de Asunción están protegidos por la Ley 4928/14 “de Protección al Arbolado Urbano” y la Ordenanza 340/13, “Que establece acciones para la Protección de la Cobertura Arbórea de la ciudad de Asunción”.

Especificó que la ordenanza establece, en su Artículo 20º, Inciso G, que destruir o causar daños a un árbol y/o en caso de causar daños que impidan la recuperación del árbol, además de la multa prevista (50 jornales mínimos diarios, es decir, 4.217.000 guaraníes) se deberá reponer con diez árboles por cada árbol dañado, que deberán ser cuidados hasta su completo desarrollo.

Para los árboles que se encuentran en dominio público, como las veredas, los propietarios deben solicitar una autorización especial de la Municipalidad de Asunción.

Aclaró que no se requiere autorización cuando se trata de podas livianas (Artículo 7º Ordenanza 340/13) en terreno privado, con excepción de las podas de tipo agresivas.

“Una poda agresiva es eliminar mucha copa, es decir, mucha cantidad que se retirará y tiene técnicas específicas e indicaciones precisas  que debe seguir el podador, atendiendo que el árbol corre riesgo de secarse”, señaló.

Puntualizó que solamente se permiten podas livianas dentro de la propiedad, cuando las ramas suben al techo y aquellas que con su follaje producen el estancamiento en canaletas, por ejemplo.

Normativa para el cuidado y protección del patrimonio arbóreo rige para todos

Práctica incorrecta de poda de árbol ubicado en dominio público

La DGGA recuerda que las normativas para el cuidado y protección del patrimonio arbóreo de la ciudad rigen para ciudadanos particulares, así como para empresas públicas y/o privadas.  (Ejemplo: energía eléctrica, empresas telefónicas y de tv, entre otras), en cumplimiento a la Ley Nº 4928 del año 2013 que trata sobre la Protección al arbolado urbano.

Solicitudes de Autorización de Podas de Árboles

Las solicitudes de autorización podrán realizarse a través de los Teléfonos de Atención al Ciudadano: 021 6273510, 021 6273219 y WhatsApp 0986 128777

Los solicitantes de este tipo de servicios deberán remitir foto de la Autorización de Poda, brindada por la Dirección General de Gestión Ambiental de la Municipalidad de Asunción, a la Dirección de Servicios Urbanos (DSU).

Aquellos propietarios que realizaron podas de árboles en el interior de sus propiedades, además de contar con el permiso pertinente, y una vez realizado el pedido de recolección a la DSU, deberán disponer sus desechos de forma ordenada en la vía pública, para que sean retirados por los camiones recolectores.

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