Fue declarada desierta la subasta de dos inmuebles municipales porque los oferentes no llegaron al monto mínimo establecido como base para el remate
En horas de la mañana de este miércoles 18 de diciembre se realizó, la subasta pública de bienes de dominio privado municipal, ubicados en la Costanera Norte de la ciudad de Asunción, que al final no fueron adjudicados al no llenarse las condiciones estipuladas como bases y condiciones para el remate de los inmuebles como estaba prevista, el acto se cumplió en el Salón de los Intendentes de la Municipalidad de la capital, ubicado en Mariscal López y Capitán Bueno.
Por la Municipalidad de Asunción estuvo presente en el acto El director de la Dirección General del Gabinete de la Intendencia, Nelson Mora, el Director de la Dirección de Asuntos Jurídicos Benito Torres, y el Director General de Comunicación de la comuna Luis Trigüis, entre otros directores.
El primer remate se realizó de la propiedad de 4 hectáreas los rematadores públicos designados, fueron los señores Walter Ayala y Osvaldo Luces, quienes procederán a la lectura del acta de procedimiento.
El segundo remate corresponde a una propiedad municipal de 2 hectáreas de extensión que estuvo a cargo de los rematadores públicos Mario Person y Elisa Troche. Ambas subastas fueron declaradas desiertas pues los oferentes no llegaron al monto mínimo establecido como base para la subasta.
En la primera subasta el rematador publico Walter Ayala, explicó que la subasta se realiza conforme a las resoluciones municipales N° 5.279/24 y N° 2.671/24, por la cual se autoriza la subasta de los bienes inmuebles de dominio privado de la Municipalidad de Asunción y se aprueba el pliego de bases y condiciones y los anexos 1 y 2 para la subasta pública de dichos bienes, como así también la conformación del Comité de Subasta de los bienes ubicados en la Costanera Norte de Asunción.
Procedieron a la venta, en pública subasta, del bien inmueble de dominio privado de la Municipalidad de Asunción, con todo lo en él edificado, clavado, plantado y adherido e individualizado como parte de la Matrícula N° 764 UA03 del distrito de San Roque Capital, identificado específicamente como Fracción A3, con Cuenta Corriente Catastral 12-033-916, Módulo 3, Parte 3, situado en el lugar denominado barrio Las Mercedes.
La superficie de la Fracción A3 es de 4 hectáreas y la base de venta es de Gs. 112.849.465.752.
Las condiciones establecen que el comprador deberá abonar en el acto de la subasta, al contado y vía transferencia electrónica de un banco de plaza, la comisión de los rematadores del 6% más IVA, sobre el monto de adjudicación, así como los gastos de publicaciones.
El comprador deberá abonar, como seña de compra, el 50% del valor de la adjudicación en efectivo o transferencia bancaria, en la cuenta habilitada por la Municipalidad de Asunción N° 249050329 del Banco Interfisa, en el acto de la subasta.
Y el saldo restante deberá ser cancelado dentro del plazo perentorio de 15 días corridos a partir de la fecha de la subasta.
De no cumplirse el pago total del saldo de compra, dentro del plazo señalado, el adjudicado perderá todos los gastos de comisiones, publicaciones y seña de trato y será declarado postor remiso, por lo que la Municipalidad podrá volver a subastar el inmueble.
En caso de no perfeccionarse la adjudicación a causa del incumplimiento de los requisitos citados, ya sea la falta de pago de honorarios profesionales o el pago íntegro de la seña del 50% estipulado, la postura martillada se declarará caduca y el acto de subasta continuará tomando la última postura anterior a la martillada como base, para continuar con las pujas.
Luego al no existir postores, que igualen la base de venta, el remate se declara desierto.
La Municipalidad, en este caso, verá la manera y la posibilidad de, dentro del plazo legal, de llamar a una nueva subasta, con todos los requisitos inherentes legales al tema.
Segundo remate
La segunda subasta también fue declarada desierta por los Rematadores Públicos designado por la Corte Suprema de Justicia Mario Person y Elisa Troche
El segundo remate se realizó 35 minutos después del 1er remate y los detalles fueron proporcionados a los presentes por la rematadora pública Elisa Troche quien leyó las Resoluciones municipales N° 5.279/2024 y N° 2.671/2024, por la cual se autoriza la subasta de los bienes inmuebles de dominio privado de la Municipalidad de Asunción y se aprueba el pliego de bases y condiciones y los anexos 1 y 2, para la subasta pública de dichos bienes.
La profesional mencionó que estaba a la venta en pública subasta el bien inmueble de dominio privado de la Municipalidad de Asunción, con todo lo en él edificado, clavado, plantado y adherido e individualizado como parte de la Matrícula N° 764-UA03 del distrito de San Roque Capital, identificado específicamente como Fracción A1, con Cuenta Corriente Catastral N° 12-0339-16, Módulo 3 Parte, situado en el lugar denominado barrio Las Mercedes.
La superficie de la Fracción A1 es de 2 hectáreas con 1.980 metros cuadrados, con 9.040 centímetros cuadrados. La base de venta de esta fracción es de la suma de Gs. 62.013.331.828.
Las bases y condiciones dadas a conocer son del mismo tenor y forma que del terreno de la primera licitación, el comprador contra presentación de facturas de la comisión de los rematadores, deberá abonar en concepto de seña de compra, el 50% del valor de adjudicación, en efectivo o transferencia bancaria, en la cuenta habilitada por la Municipalidad de Asunción N° 249050329 del Banco Interfisa, en el acto de la subasta, y el saldo del 50% restante deberá ser cancelado dentro del plazo perentorio de 15 días corridos, a partir de la fecha de la subasta.
Al no alcanzarse la base estipulada Se inicia la subasta con la base de venta estipulada. de Gs. 62.013.331.828.
Se aclara que el Código establece una reducción para los remates judiciales de la retasa, en caso de declaración desierta de una subasta. Y eso va a analizar con criterio oportuno el Comité de Subasta y va a tomar la decisión en su momento adecuado. La idea es hacer nuevamente la subasta lo antes posible, dentro del plazo legal correspondiente.