Municipalidad iniciará sumario a comercio por vertido de agua servida en la calle

La Unidad de Fiscalización Ambiental de la Municipalidad de Asunción, intervino el local comercial ubicado en avenida República Argentina casi Boggiani, debido a la mala disposición de aguas residuales.

“Se intervino esta mañana el local denunciado, conforme a lo que establece la Ordenanza Municipal N° 112/04, que es la que regula las aguas residuales urbanas” informó el Ing. Guido Enrique Duarte, jefe de Fiscalización Ambiental de la comuna.

El Ing. Duarte dijo que se labró el acta de intervención que dará inicio a un sumario administrativo, que está a cargo del Juzgado de Faltas, instancia municipal encargada de las sanciones.

La intervención se realizó debido a la denuncia de una ciudadana a través de las redes sociales del municipio, en donde la misma mencionó que el citado local comercial arrojaba agua servida todas las mañanas a la calle.

“Todas las mañanas se puede observar que del registro del agua sale una cosa, que ni siquiera sé que es, asquerosa, nauseabunda, un río de grasa. Y los autos al pasar pisan salpicando la vereda y a los transeúntes” (sic) expresa la denunciante en la red.

El funcionario municipal destacó que las multas estipuladas por este tipo de faltas van desde uno hasta 100 jornales mínimos para las leves; de 100 a 300 jornales para las graves y de 200 a 700 jornales para las consideradas gravísimas.

Igualmente, Duarte detalló que durante la intervención del local comercial se pudo constatar transgresiones a los artículos 4, 8 y 10 de la Ordenanza 112/04.

Es importante destacar que la Municipalidad no puede realizar la reparación de estas instalaciones como cañerías teniendo en cuenta que es estricta competencia de la ESSAP y los usuarios.

Lo que establece la ordenanza N° 112/04

El Artículo 4 de ordenanza respectiva destaca que está estrictamente prohibido verter aguas residuales urbanas o aguas servidas a la vía pública o a las propiedades del dominio público y privado. El Artículo 8 expresa que los responsables de la generación de aguas residuales urbanas no domésticas, están obligados a realizar el vertido de las mismas a través del sistema de desagüe cloacal y el Art. 10 expresa que los generadores de líquidos residuales urbanos no domésticos son responsables de la construcción y mantenimiento de las instalaciones de pretratamiento necesarias, para los vertidos correspondientes a la red cloacal o a los Recursos Hídricos.

Denunciar

Para realizar denuncias por casos de agua servida vertida desde inmuebles, sean comercios o particulares, se puede ingresar a la web municipal de reclamos y seguir los pasos para registrarlo.

También se puede llamar a los números de atención al ciudadano que están más abajo.

Publicaciones Similares